Este Tribunal, estando en la oportunidad legal para pronunciarse sobre la admisión o no de las pruebas, para decidir observa:
DOCUMENTALES: Se valora todos y cada uno de los instrumentos y actuaciones contenidos en los recaudos, debidamente consignados con el Escrito del Recurso Contencioso Tributario que se señalan a continuación: 1.2 Informe fiscal de fecha 20/03/2009, (contenido en el expediente Administrativo); 1.3 Comunicación de fecha 14/05/2009 suscrita por la ciudadana Carolina Pereira en Representación de la sociedad mercantil QUALITY YACHTS, C.A; 1.4. Oficio N° 706 de fecha 04 de junio de 2009, mediante la cual declaró la no procedencia de la solicitud de constatación de uso realizada por representantes de la sociedad mercantil QUALITY YACHTS, C.A; 1.5 Resolución N° CJ/DSF/010-2009; de fecha 10 de septiembre de 2009, emanada del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta del Estado Miranda; 1.6 copia certificada de recurso de reconsi.....