Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados RAFAEL DOMINGUEZ MENDOZA, MARIA TERESA MENDOZA, ANGEL DOMINGUEZ ELJURI, JENNYFER BELLO, ELIANA BUNIMOV, RODOLFO PINTO y GUILLERMO AZA, ya identificados, apoderados judiciales del ciudadano OMAR JOSE RAMIREZ LOPEZ, también identificado, contra el acto administrativo Nº DGIAPEM/320/2006 de fecha 6 de octubre de 2006, emanado de la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda (IAPEM). En consecuencia se decide:
PRIMERO: se declara la nulidad del acto administrativo acto administrativo Nº DGIAPEM/320/2006 de fecha 6 de octubre de 2006, emanado de la Dirección General del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda (IAPEM).
SEGUNDO: se ordena al Instituto Aut.....