Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer sobre la demanda interpuesta por el abogado en ejercicio HÉCTOR HONORIO HERNÁNDEZ MEDINA, ya identificado, actuando en su propio nombre y representación contra la Alcaldía del Municipio General Rafael Urdaneta del Estado Miranda, y en consecuencia DECLINA en el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo el conocimiento de la presente causa, al cual sea distribuida. Remítase el expediente bajo Oficio en su oportunidad al distribuidor.