Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los ciudadanos PEDRO R. ALVAREZ A. y ADRIANA DE ABREU MACEDO, ya identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana YOLYES MARÍA TOVAR, también identificada, contra la Providencia Administrativa Número 016, de fecha 25 de mayo de 2.007, dictada por el ciudadano Presidente del Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario (INDECU), la cual se confirma.