Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el abogado en ejercicio de este domicilio PEDRO JOSÉ URIOLA, inscrito en el Inpreabogado No. 361, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Empresa Constructora JEMYNEM C.A., ya identificada, contra la Providencia Administrativa Nro. RJUS-002-2006, de fecha 24 de enero de 2006, dictada por el Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). En consecuencia:
PRIMERO: se declara la nulidad de la Providencia Administrativa Nro. RJUS-002-2006, de fecha 24 de enero de 2006, dictada por el Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
SEGUNDA: se ordena a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores con comp.....