En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el ciudadano JONATHAN VIDAL URBINA GONZÁLEZ, ya identificado, asistido por el abogado en ejercicio de este domicilio RICHERT OSWALDO GONZÁLEZ, igualmente identificados, contra la sociedad mercantil "INGENIEROS V & A, C.A". En consecuencia, SE ORDENA a la referida sociedad mercantil el cumplimiento inmediato de lo decidido por la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy del Estado Miranda, en la Providencia Administrativa 00354 del 10 de diciembre de 2008 y proceder al reenganche al ciudadano JONATHAN VIDAL URBINA GONZÁLEZ, a un sitio de trabajo que no implique esfuerzo físico importante, en concordancia con lo establecido en la Certificación N° 0141-08 dictada por la Dirección Estadal de Salu.....