Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la abogada ANA ELIZABETH GONZÁLEZ GUZMÁN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.428, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de agosto de 1988, bajo el Nº 24, Tomo 41-A-Pro, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 00274, de fecha 05 de diciembre de 2007, emanado de la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy del Estado Miranda.-