En Torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 22 de octubre de 2009, por la abogada LILIBETH NASPE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.614, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARLOS MENDOZA, JHONATAN RIVAS, NEREIDA PARADA, MARIA ARAUJO, DORIS PEREZ, YAMILETH MARQUEZ, INES QUINTERO, SONIA ORDOÑEZ, SONIA LINARES, YUBISAY VARELA, LISBETH COLMENARES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.810.977, V-13.978.745, V-10.699.735, V-12.400.864, V-15.696.537, V-12.830.988, V-10.525.483, V-20.595.050, V-699.742, V-12.683.197, V-16.095.061 y V-17.650.896, respectivamente, contra la Sociedad Mercantil "PRODUCTORA ENOTRIA C.A", en la persona .....