Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por el abogado ARTURO JOSÉ FERRER PADRÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.691, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GLADYS ELENA LISCANO REYES, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.201.505, contra el acto administrativo Nº 1378, de fecha 25 de mayo de 2009, emanado del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S).-
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado ARTURO JOSÉ FERRER PADRÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.691, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GLADYS ELENA LISCANO REYES, titular de la céd.....