Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados HUMBERTO RUIZ Y JAVIER ZERPA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 65.897 y 53.935, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la sociedad mercantil "SERVICIOS MECÁNICOS TRARCA, S.A.,", debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de marzo del año 1976, bajo el Nº 13, Tomo 47-A, interpusieron recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 0604-2008, de fecha 06 de noviembre de 2008, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE CARACAS SUR "PEDRO ORTEGA DIAZ" DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LI.....