Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso contencioso funcionarial intentado, acuerda lo siguiente:
PRIMERO: Se DECLARA competente para conocer el Recurso Contencioso Funcionarial interpuesto por la ciudadana TINA KATIUSKA CLARO IZARRA, titular de la cédula de identidad número V- 13.126.087, debidamente asistida por el abogado MIGUEL HUMBERTO LÓPEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 32.063, en contra de la Resolución No. DDPG-2011-0366, de fecha 16 de septiembre de 2011 y Oficio No. DDPG-2011-1456, de fecha 19 de octubre de 2011, emanados de la DEFENSA PÚBLICA GENERAL.
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso Contencioso Funcionarial interpuesto por la ciudadana TINA KATIUSKA CLARO IZARRA, titular de la cédula de identidad número V- 13.126.087, debidamente asistida por el abogado MIGUEL HUMBERTO LÓPEZ, inscrito en el Instituto de Previs.....