este Tribunal concatenando el contenido del artículo parcialmente transcrito con lo expuesto por el recurrente y luego de constatar que no existe violación de normas de orden público, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos FREDDY JAVIER BONILLA GARCÍA, RICHARD DILLON BLANCO y JORGE LUIS RODRÍGUEZ, titulares de la cédula de identidad Nros. 15.779.985, 12.867.070 y 13.057.269, respectivamente, asistidos por los abogados Judith Fajardo y Jorge Luis Rodríguez, Inpreabogado Nros. 104.623 y 157.239, respectivamente, contra las actuaciones que por VÍA DE HECHO fueron ejecutadas por la Procuraduría General del Estado Vargas y el Instituto Autónomo de la Vivienda del Estado Vargas (IVIVAR) unicamente en cuanto a la solicitud formulada por el ciudadano Richard Dillón Blanco, titular de la Cédula de Identidad No. 12.867.070, y así se decide. Notifíquese al Procurador del General de estado Vargas y al.....