En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por el abogado RAFAEL LOVERA ALARCON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.873, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la SOCIEDAD ANONIMA VENEZOLANA DE TURISMO VENETUR S.A., contra el Acto Administrativo contenido en los Autos de fecha 13 de agosto de 2007 y 01 de noviembre de 2007, emanados de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante los cuales ordena el reenganche del ciudadano LARRY ALEXANDER ESPARRAGOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 12.748.623. Publíquese, regístrese.