En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Con Lugar el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesta por el ciudadano ROMER BOLIVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 13.321.750, representado por el abogado LUIS EDUARDO ROJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 9.375, contra la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio" con Sede en Guatire, en consecuencia se declara NULO el Acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 387-2007, de fecha 21 de diciembre de 2007, suscrita por el Inspector del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio" con Sede en Guatire, mediante la cual se declaró Con Lugar la calificación de faltas incoada por la empresa ACUMULADORES DUNCAN, .C.A", contra el Ciudadano Romer Bolí.....