DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la abogada Emérita Ramírez, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número N° 6.870, actuando en nombre y representación de la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y DE SERVICOS DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (AEA) contra el acto administrativo emanado de la Universidad Central de Venezuela contenido en el oficio s/n de fecha 02 de octubre de 2000, mediante el cual se acordó "...aplicar a los empleados administrativos a su servicio, el Manual Descriptivo de Cargos a Nivel Nacional y el Tabulador Nacional Homologado para el personal administrativo de las Universidades Nacionales, aprobado por el Consejo Nacional de Universidades en Resolución.....