Se declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda que por Ejecución de Hipoteca sigue el ciudadano Álvaro Carrillo contra la ciudadana Carlota Martínez, produciéndose los efectos establecidos en los artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó la notificación de las partes de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem.- No ha lugar a costas conforme lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.