Se declaró: SIN LUGAR, las cuestiones previas de los numerales 2º y 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, presentadas por el ciudadano DIAMANTINO (TINO) SIMOES MANDATO, contra el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ambas partes identificadas al inicio de este fallo. Asimismo, y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO, intentada por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), contra el ciudadano DIAMANTINO (TINO) SIMOES MANDATO, ambas partes identificadas al inicio de este fallo, sobre dos locales de su propiedad identificados C-61 y C-62, de la Torre SENIAT (antes Centro Capriles) situada entre las Av. Quito y La Salle, Plaza Venezuela, Parroquia El Recreo, Caracas, Distrito Capital.