Se declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación propuesta por la representación de la parte actora. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en fecha 17-3-2005. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la sociedad C.A., INMOBILIARIA LUXOR, contra el ciudadano LUIS MARÍA MINGO IBAÑEZ. Como consecuencia de ello se condena a éste a pagar a la actora: a) La suma de Bs. 3.141,74 por concepto de cuotas de condominio desde junio del año 2001 hasta septiembre del año 2003 (ambos inclusive). b) Los intereses al 3% anual, sobre el monto correspondiente a gastos comunes, desde la fecha de vencimiento de cada recibo hasta la fecha en que quede firme el presente fallo. c) La corrección monetaria desde la fecha de admisuión de la demanda hasta que quede firme el fallo. Ambos cáculos a ser realizados por una experticia complementaria del fallo. Se modifica el fallo apelado. No ha lugar a costas.