Por recibido y visto el presente expediente constante de 44 folios útiles, proveniente del Juzgado Superior Tercero de esta Circuncripción Judicial, el Tribunal le da entrada, ordena anotarlo en los libros respectivos, y se aboca al conocimiento de la presente causa. Asimismo el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena la notificación del presunto agraviante JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO Igualmente se ordena la notificación de la parte actora en el juicio principal ciudadana LUISA CRISTINA ACOSTA GONZALEZ, a los fines de que se sirvan concurrir a este Circuito Judicial. Por ultimo el Tribunal considera que lo solicitado a través de la cautela implica la intromisión en cuestiones que corresponden al análisis que deba hacerse al resolver el amparo; se Niega la Medida Solicitada.