Se impartió la HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCION, suscrita por ante la Notaria Pública Primera del Municipio Chacao, del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 20 de octubre de 2011, inserta bajo el Nº 06, Tomo 428, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, únicamente en lo que concierne a la presente causa; dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, respecto a la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 07 de noviembre de 2006, este Juzgado proveerá por auto separado en el cuaderno de medidas.