En fuerza de todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Rosa María Pueyo Ruiz, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, comerciante y titular de la cédula de identidad Nº V-4.768.359, en contra de la sociedad mercantil ASOCIACIÓN CIVIL ASOSANFRA, inscrita por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 12 de febrero de 1997, bajo el No. 47, Tomo 17, Protocolo Primero.
No hay especial condenatoria en costas, por cuanto este tribunal no considera que la parte accionante procedió con temeridad.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la.....