De la dispositiva
En consideración de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA dar por consumado el desistimiento realizado en fecha 09 de diciembre de 2015, por el abogado RAFAEL CAMACHO MICHELANGELI, apoderado judicial de la sociedad mercantil TOYO OESTE C. A., parte actora, por cuanto no tiene facultad expresa para desistir. Así se decide.
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 14 días del mes de diciembre de dos mil quince (2015).-
EL JUEZ
LUÍS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
ABG. .....