En consecuencia, se ordena la intimación a la parte demandada sociedad mercantil JRF SUPPLY, C.A, domiciliada en Anaco, Estado Anzoátegui e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nro 42, Tomo A-05, en fecha 28 de febrero de 2002, en la persona de su Presidente ciudadano JEYMER RAFAEL FIGUEREDO AGUILERA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Anaco, Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nro 13.604.319 y en su propio nombre como Avalista, Fiador Solidario y principal pagador y a la ciudadana MARLENE DEL VALLE AGUILERA, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en Anaco Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nro 4.915.874, en su carácter de Avalista, Fiadora solidaria y Principal pagadora a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho siguientes a la última de las intimaciones y constancia en autos de las mismas, más siete (7) días que se le conceden.....