Este Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Se niega la solicitud efectuada por la parte actora, consistente en que se declare la confesión ficta de la co-demandada, sociedad mercantil Cayenne C.A.
SEGUNDO: Se establece por medio del presente fallo, que la presente causa se encuentra en etapa de citación, puesto que, nunca se ha verificado la citación de la co-demandada sociedad mercantil Cayenne C.A.
TERCERO: Se deja sin efecto la citación practicada en este asunto, por haberse configurado lo previsto en la parte