Primero: declarar SIN LUGAR las cuestiones previas contenidas en los Ordinales 2º, 6º y 11º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuestas por la representación judicial de la ciudadana Dilia del Valle Piamo, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad Nº V-16.083.454, contra la demanda que por nulidad de contrato de compra-venta ha intentado el ciudadano José Jesús Rivero Burgos, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V-5.427.568, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.452;
Segundo: declarar CON LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 8º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la representación judicial de la ciudadana Matilde Mandeley González, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad Nº V-5.972.474, contra la demanda que por nulidad de contrato de compra-venta ha intentado el ciudadano José Jesús Rivero Burgos, venezolano, mayor de edad,.....