PRIMERO: declarar SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la co-demandada EXPRESOS EXCARGUAICA, C.A.;
SEGUNDO: declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por indemnización de daños intentaron JOSE MARIA FERREIRA, MARIA MATILDE DE GOUVEIA de FERREIRA y MARIBEL FERREIRA DE GOUVEIA contra RUBEN DARIO CARREÑO PERNIA, EXPRESOS EXCARGUAICA, C.A. y SEGUROS GUAYANA, C.A., todos ampliamente identificados en el encabezamiento de esta decisión;
TERCERO: como consecuencia de la anterior declaración, condenar a los demandados a pagar a los actores por daño emergente las cantidades de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 2.418.695,75), más el valor del vehículo que se determinará por experticia complementaria del fallo como se indica más adelante;