Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró Medida de Embargo Ejecutivo, sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Bs. Bs. 445.050.000,00, que corresponde el doble del capital adeudado, más las costas. O la cantidad de Bs. 238.050.000,00, que corresponde el capital adeudado, más las costas; si la medida recayera sobre cantidades Liquidas; así mismo se ordenó para la práctica de la medida librar despacho-comisión y remitir al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial a quien corresponda por distribución para que lleve a cabo la practica de la medida decretada.