Por los planteamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ha decidido:
Único: NEGAR la MEDIDA DE SECUESTRO solicitada por la representación de la sociedad mercantil sociedad mercantil denominada Bienes Raíces Inverbrock, C.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 20/04/1998, anotado bajo el Nº 32, Tomo 125-A Sgdo, en el juicio que por resolución de contrato de arrendamiento interpuso contra la sociedad mercantil denominada Oberto y Mancera Import Internacional, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, registrada ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 22/10/1999, anotado bajo el Nº 80, Tomo 293-A .....