Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, fuera interpuesta por los ciudadanos DANIEL CABRERA DÍAZ y CARMEN TERESA LOZADA ASCANIO contra la ciudadana DAILYS LUISA MILLÁN CHACÓN, ambas partes plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cumplir con la tradición, mediante el otorgamiento del documento definitivo de venta a los ciudadanos DANIEL CABRERA DÍAZ y CARMEN TERESA LOZADA ASCANIO, en los mismos términos y condiciones establecidos en el contrato de opción de compra venta o promesa bilateral de comp.....