Por las razones expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer el amparo ejercido por el ciudadano José Rafael Quintero Contreras, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.542, actuando en su carácter de Apoderado judicial de la sociedad mercantil CRISTAL PARK HOBBIES IMPORTACIONES, C.A., interpuesto en contra de la sentencia judicial proferida el día 02 de mayo de 2.011, por el juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, descritas suficientemente en esta acción de amparo.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada el día fecha 02 de Mayo de 2.011, por ante el Juzgado D.....