ÚNICO: SIN LUGAR la falta de jurisdicción opuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil SETECSA DE VENEZUELA C.A. En consecuencia, EL PODER JUDICIAL, a través de este tribunal, afirma su JURISDICCIÓN para conocer la pretensión de daños y perjuicios intentado por los ciudadanos Nadezda Glisich de Miani y Tomas Andonegui Glisich, contra la sociedad mercantil SETECSA DE VENEZUELA C. A.