Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, incoara INVERSORA LAS COCUIZAS, C.A., sociedad mercantil, de este domicilio, inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de julio de 1995, bajo el Nº 04, Tomo 213-A-Pro., contra los ciudadanos LUIS ENRIQUE CUENCA ARAUJO y VIRGINIA NIETO DE CUENCA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.844.942 y V-6.909.595, respectivamente.
De conformidad con el artículo 274 eiusdem, por cuanto hubo vencimiento total de la parte actora en el presente juicio se le.....