Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la defensa previa de PRESCRIPCIÓN que fue invocada por la Defensora Judicial de la parte demandada; conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Intimación de Honorarios Profesionales, interpuesta por los ciudadanos LEOBARDO SUBERO, RAMIRO SIERRAALTA, LUÍS ROMERO SEQUERA Y ALEXANDER ABARCA, en contra de los ciudadanos BEATRIZ GONZÁLEZ FLORES DE KAUFMAN, LUÍS ALEJANDRO KAUFMAN GONZÁLEZ, MARÍA ALEJANDRA KAUFMAN GONZÁLEZ, IVÁN ALEXIS KAUFMAN GONZÁLEZ Y EVELYN KAUFMAN HIGUERA.