Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, y consecuencialmente CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL contra RESTAURANT Y LUNCHERIA LA REINA TOMASA, C.A. En razón de lo anterior se condena a la parte demandada a: I.- POR CONCEPTO DEL PAGARE Nº 29001162: PRIMERO: la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 90.000,00); SEGUNDO: la cantidad de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 27.762,50), por concepto de intereses moratorios, calculados a la tasa y durante el periodo antes señalado; II.- POR CONCEPTO DEL PAGARE Nº 29001192: PRIMERO: la cantidad de SESENTA Y UN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs 61.000,00), por concep.....