Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana CARMEN GUEVARA, suficientemente identificada en el cuerpo de la presente decisión. En consecuencia, se declara la existencia de una unión concubinaria entre la ciudadana accionante y el de cujus ciudadano RAFAEL MODESTO YOVERA, ambos identificados, que se inició, aproximadamente, treinta (30) años antes del fallecimiento del último de los nombrados.
Se exime de costas a las partes en virtud de la naturaleza jurídica del fallo.