Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en los artículos 12, 242, 243 y 267 del Código de Procedimiento Civil, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el juicio de divorcio intentado por el ciudadano GEORGE LOUIS MUJICA contra YAJAIRA JOSEFINA ANGULO.
Se ordena el desglose y la devolución de originales solicitados por la parte actora conforme a lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo que dispone el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se causan costas dada la naturaleza de la decisión.