Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, declara que no tiene competencia para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO 185-A incoado por el ciudadano VICTOR JOSE DE JESUS VARGAS, y considera que el Juzgado competente para ello es el Tribunal Décimo Séptimo de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, por lo tanto PLANTEA EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA. Como consecuencia de lo anterior, ordena la remisión inmediata del presente asunto con su respectivo oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales c.....