Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la presente Solicitud de Únicos Universales Herederos requerida a favor de la ciudadana Maria Carolina Moronta Rodríguez, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.943.883, abogado en ejercicio inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 73.296, y sus representados los ciudadanos Aleida Josefina Rodríguez de Moronta, Karina Lisset Moronta Rodríguez, José Félix Moronta Rodríguez, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nos V.-3.440.997, V.-10.943.884 y V.- 14.187256, respectivamente, en virtud de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152 .....