- III -
- DISPOSITIVA -
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por acción de Simulación de Venta, intentara RAMÓN SALVADOR BURGOS ROMERO, actuando originalmente en su propio nombre y representación, y posteriormente como representante legal de la sociedad mercantil QUÍMICAS A.V.E., S.A., en su carácter de cesionaria de los derechos litigiosos de aquél, contra los ciudadanos GLORIA VIRGINIA RADA ROMERO de LEHRMANN y GUILLERMO LEHRMANN ROJAS, todos suficientemente identificados al inicio de este fallo, decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el alegato de prescripción de la acción de Simulación de Venta opuesto por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Se declara.....