Este Juzgado SUSPENDE la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en el presente juicio en fecha 19 de noviembre de 2014, la cual fue debidamente participada en la misma fecha, mediante Oficio No 769/2014, dirigida al Registrador del Registro Público del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, sobre el bien inmueble que se describe a continuación:
"...un apartamento destinado para vivienda, distinguido con las siglas 3-PH-B, ubicado en la planta Pent House, del Edificio 3, de la Torre A, del Conjunto Residencial Altos de Villanueva del Hatillo, ubicado en la parcela M2, Avenida Los Apamates de la primera etapa de la Urbanización Villanueva del Hatillo, del Estado Miranda, distinguido con el Nº de catastro 325-18-02. Dicho inmueble pertenece a la ciudadana IVONNE JOSEFINA ALFONZO SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 6.281.949, según acuerdo reparatorio protocolizado en fecha 22 de julio de 2.013, asentado bajo .....