- III -
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil MABE VENEZUELA, C.A., contra la sociedad mercantil DARTI ELECTRONIC, C.A., ampliamente identificados al inicio, y como consecuencia de ello se condena a la demandada a pagar a la actora:
PRIMERO: La cantidad de Ciento Noventa y Nueve Mil Setecientos Cuarenta Bolívares con Cuarenta y Tres Céntimos (Bs. 199.740,43), correspondiente al monto total de las facturas distinguidas con los Nos 76111193, 76007138, 76111204, 76111216, 76111274 y 76111517.-
SEGUNDO: Los intereses moratorios calculados sobre la base del 12% anual de las facturas descrit.....