Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita entre las partes en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, con ocasión a la solicitud que por: EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoara por MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil CONSORCIO LOMA LINDA COUNTRY, C.A., ampliamente identificados al inicio de esta decisión. En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-