En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 714 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA la prohibición de continuación y demolición de la obra que se realiza en el lindero OESTE del lote de terreno y bienhechurias, llamada RESIDENCIA NAZARENO, situadas la Urbanización Hacienda El Guamal, carretera que conduce a El Junquito, Kilómetro 12, entrada Luis Hurtado Higuera, Calle El Guamal, Parroquia El Junquito, Municipio Libertador, Distrito Capital, cuya autoria se le imputa a la ciudadana JENNY CRUZ LOVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.688.253.
A los fines de implementar el anterior decreto y las medidas que garanticen su ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 714 del Código de Procedimiento Civil, se exige a la parte querellante la constitución de garantía hasta por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 100.000), a fin de asegurar al querellado el resarcimiento del.....