Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION consignada por ante la sede de este Tribunal en fecha diez (10) de Agosto de dos mil doce (2012), suscrita por una parte, por el abogado Alejandro García, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-16.909.433, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 131.050, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos José Manuel Argiz Riocabo y Maria Eugenia Febres Cordero parte actora y por la otra parte el ciudadano Juan Ignacio Salas Machado, en su carácter de Director de la Sociedad Mercantil Coma Cuisine C.A., debidamente asistido por la abogada Ana Lucia Cabezas Landazury, de conformidad con .....