Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus, ROSA MARÍA VELASCO, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-150.690, a favor de los ciudadanos MIGUEL AUGUSTO MARTÍNEZ VELASCO, ANA CLEOTILDE MARTÍNEZ VELASCO, CARLOS EDUARDO MARTÍNEZ VELASCO, LILIAM CRISTINA VELASCO, GERSON GUSTAVO MARTÍNEZ VELASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.551.340, V-2.982.542, V-3.230.182, V-3.156.434, V-3.971.885, respectivamente, y también a favor de las respectivas sucesiones de los herederos fallecidos JOSÉ ALBERTO MARTÍNEZ VELASCO y DARQUIS ISABEL DE LA COROMOTO MARTÍN.....