Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus CLEDIA ROSALIA FIGUERA DE ESTRADA, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 1.154.998, a favor de los ciudadanos ARMANDO DE JESUS ESTRADA GARCIA, JOSE REYNALDO PERDOMO FIGUERA, LEIDA JOSEFINA ESTRADA FIGUERA, ARMANDO JOSE ESTRADA FIGUERA y CLEILA JOSEFINA ESTRADA FIGUERA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos V-574.694, V-5.431.728, V-9.119.741, V-6.517.642 y V-6.331.966, respectivamente.