Se dictó sentencia mediante la cual se Declaró que los ciudadanos Enrique Troconis Sosa y Andreina Vetencourt Giardinella, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 9.879.654 y V- 11.314.145, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 39.626 y 85.383 respectivamente, TIENEN DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, en razón de la condenatoria en costas en el juicio que por ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, intentado por los ciudadanos LUCIANO RONDON BELLO Y NANCY JOSEFINA ESPARZA DE RONDON, contra el JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual se vieron obligados a intervenir en su condición de tercero coadyuvante, actuando en nombre y representación de la ASOCIACIÓN CIVIL LAGUNITA COUNTRY CLUB, ver dispositivo del fallo.