éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 256, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: SE IMPARTE LA HOMOLOGACION A LA TRANSACCION JUDICIAL suscrita por las partes mediante escrito presentado en fecha 27 de abril de 2017, en los mismos términos en ella expresados, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, iniciara la Sociedad mercantil la sociedad mercantil ISLA DE BARLOVENTO, C.A., contra la ciudadana INÉS LORENABARROETA RAMIREZ y ABRAHAM HAYON CHOCRON, ambas partes ampliamente identificadas en autos. En consecuencia, la presente causa continuará su curso con respecto al ciudadano ABRAHAM HAYON CHOCRON.
Dada la naturaleza del fallo.....