es decir, el ciudadano PEDRO ORLANDO MARTINEZ CASTILLO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.714.322; no se encuentra debidamente, tal y como lo exige la ley, asistida de Abogado en el escrito de solicitud que estos presentan, este tribunal, en virtud de lo antes expuesto Niega la solicitud presentada por el ciudadano PEDRO ORLANDO MARTINEZ CASTILLO, supra identificada. ASÍ SE DECIDE