Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la Republica Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 256, del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION en los mismos términos allí establecidos a la transacción celebrada por las partes en fecha 25 de octubre del 2005, autenticada por ante la Notaria Publica Décima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual quedo inserta bajo el Nro. 74, Tomo 161 de los libros respectivos y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-